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domingo, 23 de agosto de 2015

CLAVES PARA ENTENDER EL #FRAUDE DE PANAMA BODYBOARD

PANAMA BODYBOARD #FRAUDE

CLAVES PARA ENTENDER EL #FRAUDE DE PANAMA BODYBOARD

1.  En el año 2010, un hombre llamado PIERRE YVES DANIEL JOHAN AUBIN contacta a una tienda via correo electrónico, para ofrecerle las marcas de Bodyboards NMD - VS y PRIDE.
2.  La empresa propietaria de la tienda, firma un CONTRATO de EXCLUSIVIDAD con la empresa que representa PIERRE.
3.  Antes de la firma, se le consulta entre otras cosas, si dichas marcas han sido ofrecidas a otras tiendas en Panamá, a lo que PIERRE responde si, pero que ninguna le ha comprado.
4.  La empresa que adquiere los derechos entonces, inicia una operación de comercialización, venta y distribución de las tres marcas, así como el patrocinio de atletas, y apertura de mercados a nivel nacional e internacional.
5.  Las ventas EXPLOTAN y el PRODUCTO se convierte en un éxito.
6.  PIERRE de la empresa que provee los productos, al cabo de tres meses, comienza a ver TODO MAL.
7.  Inician negativas en despacho, presiones y extorsiones comerciales, así como la distintas solicitudes de que la empresa que adquiere los derechos, les permita AHORA vender los productos.
8.  Los directivos de la empresa, les parece extraño el actuar de PIERRE, y comienzan a investigar.
9.  Una de las tiendas sufre un HURTO grande de su inventario.
10.  PIERRE deja entonces de proveer de los productos.
11.  La empresa solicita la colaboración a PIERRE en el caso de HURTO.
12.  El señalado del HURTO , un hombre de nombre JOSÉ ANGEL CARBONELL GONZALEZ acorralado, indica, después de cometer el HURTO, que en realidad se trataba de un lanzamiento por mora y retención de bienes.
13.  El caso del HURTO se estanca y lo congelan en el JUZGADO 6 PENAL.
14.  El Caso FICTICIO e INVENTADO de lanzamiento, entonces es ganado por quien en primera instancia HURTA LA MERCANCÍA.
15. La mercancía comienza entonces a aparecer en cadenas de tiendas SURF como SUPERDEPORTES, REEF, BILLABONG, FLOW, EXTREME SURF SHOP, BOA, MORMAII, ELEMENTO STORE y muchas otras a nivel nacional.
16.  Ninguna de las tiendas, contacta a la empresa que alega haber sido víctima del HURTO.
17.  Ninguna de las tiendas, apoya las campañas, de la empresa que ha comercializado los productos, incluso cuando antes : SE LES HABÍAN OFRECIDO LOS MISMOS PRODUCTOS en DISTINTAS REUNIONES.
18.  La empresa VÍCTIMA del HURTO, entonces, inicia una investigación PRIVADA, la cual descubre una RED CRIMINAL dentro del Órgano Judicial.
19.  Se señalan, además de quien e hurtó la mercancía, a quienes participaron del REMATE FICTICIO DE LOS BIENES, es decir al JUEZ 3 MUNICIPAL CIVIL : CESAR ALEXIS MENCHACA NAVARRO, a su alguacil/juez especial : VIRGINIA MICHELLE MENDEZ BROSSARD y al secretario de ese juzgado : SERGIO ROSAS.
20.  Se lleva el caso a la ficalía 3 anti corrupción a cargo de LORENA LOZANO DE CORONELL.
21.  La EX FISCAL, decide sobreseer al juez y a todos los señalados, y envía el caso a la corte.
22.  En la corte se admite la querella en contra del juez.
23.  La EX FISCAL decide APELAR la admisión de la querella.
24.  Se acude a la PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN , y la Procuradora KENIA PORCELL admite la denuncia ahora en contra de la EX FISCAL, por encubrimiento.
25.  El proceso de HURTO, se le añaden entonces 16 DELITOS MÁS.
26.  La Jueza 4 PENAL solicita abrir CAUSA CRIMINAL  a los imputados.
27.  El Abogado de quien hurtó la mercancía, trabaja en el TRIBUNAL ELECTORAL con un salario de $2200.00usd es ASESOR LEGAL del Magistrado VALDÉS ESCOFFERY.
28.  En esa misma institución, labora CIRO ANTONIO ROSAS JAÉN, familiar directo de JANTEH ROSAS representante legal de PANXTREME S.A., empresa señalada de ser la autora intelectual del FRAUDE.
29.  Se descubre que el motivo de realizar toda esta operación , era justamente utilizar a la empresa adquirente de los derechos para comercializar las marcas, cometer el fraude, y seguidamente INUNDAR el mercado con sus productos a las tiendas surf, ya que añaden, 6 marcas adicionales a sus ventas.
30.  Algunas tiendas envueltas en el escándalo, deciden retirar los productos que distribuye PANXTREME S.A., amenazan con demandar por calumnia a la empresa víctima, y luego de enterarse de los procesos legales en su contra deciden COLABORAR.
31.  Se descubre, que hay magistrados encubriendo al juez MENCHACA, toda vez, tienen vínculos con otros funcionarios públicos de mayor jerarquía.
32.  Los casos no avanzan, y se empantanan, hasta el día de hoy, 4 años después ninguna fiscalía, ha llamado a indagar a ningún señalado.
33.  Directivos de la empresa víctima, solicitan a los MAGISTRADOS del TRIBUNAL ELECTORAL, que los borren del sistema, toda vez, reciben amenazas de muerte en su domicilio.
34.  El Tribunal Electoral, responde en menos de 10 días, a través de su secretaría, que ninguno  de sus funcionarios tiene acceso a esa base de datos, y que en 10 días hicieron una investigación y juicio a quienes se señalan como delincuentes.
35.  Se le responde al TRIBUNAL ELECTORAL, que es increíble la HAZAÑA, que en solo 10 días, investigaron lo que en 4 años, no ha podido el Ministerio Público, y que encima, declaran inocentes a los señalados, y se les reitera , que la SEGUNDA SOLICITUD DE BORRAR LOS NOMBRES DE LOS DIRECTIVOS DE LA EMPRESA VÍCTIMA, sea FIRMADA POR CADA UNO DE LOS MAGISTRADOS del TRIBUNAL ELECTORAL, y no por su secretaria.
36.  El Tribunal Electoral guarda silencio.
37.  La procuraduría recibe entonces un nuevo caso de uno de los directivos, el cual está siendo INTERVENIDO TELEFONICAMENTE.
38. La víctima, explica a la PROCURADURIA, que ahora tiene sentido todo lo que le estuvo pasando durante los últimos años.
39.  Narra, que ademas del fraude y las amenazas, en un ocasión su auto se quedó sin frenos, y que el Taller en donde ocurrió el hecho, está siendo investigado.  Añade, que la mercancía que importaba, era vandalizada, y seguidamente, comercializada, en la tienda FLOW.  Así mismo, explica, que otro contenedor que solicita con productos similares , pero de la competencia del caso del fraude, fue recibido en el Puerto de Balboa, seguidamente, enviado sin ninguna razón a Colón, almacenado en una Bodega, la cual se QUEMA , al registrarse un Incendio por estallido de productos químicos.
40.  Así mismo, le entrega a la PROCURADORA, copias visibles de mensajes amenazantes de un SOCIOPATA , el cual fue claramente identificado , como participe de otro fraude registrado en el año, 2006, en donde, es socio de adversarios de quien denuncia los hechos.


Actualmente este caso,  esta siendo investigado desde arriba hacia abajo, la República de Panamá, tiene que dar muchas explicaciones, ya que quienes han vivido este tipo de actos, seguramente dirán: República ? No, eso es una VIL DICTADURA !

Puede darle seguimiento a este y otros casos legales en : www.milpasonline.blogspot.com - @MILPASONLINE en redes sociales - www.milpasonline.com  ABOGADOS LITIGANTES de PANAMÁ.