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domingo, 14 de enero de 2018

@MILPASONLINE - DELITO : SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE



 En el delito de simulación de hecho punible, la acción típica consiste en interponer una denuncia (biensea en forma verbal o escrita), sobre hechos que a pesar de ser expuestos como ciertos y con carácterpunible (delitos o faltas), resultan hipotéticos o irreales. Esa denuncia sobre los hechos supuestos oimaginarios ha de presentarse ante el Ministerio Público o cualquier otro órgano que, de conformidadcon nuestro ordenamiento jurídico, tenga competencia para recibirla. Según el artículo 239 del Código Penal, invocado por la representación del Ministerio Público: “Artículo 239. Cualquiera que denuncie a la autoridad judicial o a algún funcionario deinstrucción un hecho punible supuesto o imaginario, será castigado con prisión de uno aquince meses. Al que simule los indicios de un hecho punible, de modo que de lugar a unprincipio de instrucción, se le impondrá la misma pena.El que ante la autoridad judicial declare falsamente que ha cometido o ayudado acometer algún hecho punible, de modo que de lugar a un principio de instrucción, amenos que su declaración sea con el objeto de salvar a algún pariente cercano, un amigoíntimo o su bienhechor, incurrirá igualmente en la propia pena.” De lo anteriormente transcrito, puede colegirse que la representación fiscal consideró como calificación jurídica aplicable, el primer supuesto descrito en el artículo 239 del Código Penal, que -de acuerdocon el autor José Rafael Mendoza Troconis- constituye una especie de Simulación de hecho punible ,objetiva y directa66.La acción típica, en dicho caso, consiste en interponer una denuncia (bien sea en forma verbal oescrita), sobre hechos que -a pesar de ser expuestos como ciertos y con carácter punible (delitos ofaltas)- resultan hipotéticos o irreales . Más en www.milpasonline.com @MILPASONLINE

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