María Chiquita es un corregimiento del distrito de Portobelo en la provincia de Colón, República de Panamá. La localidad tiene 2.415 habitantes. ¿De donde proviene el nombre de María Chiquita?: Cuentan que la primera familia que llegó al lugar tenía dos hijas llamadas “María”.
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jueves, 21 de octubre de 2021
VIDEO - MARÍA CHIQUITA OFICIAL - LO MÁS ÉPICO JAMÁS VISTO #SUPERESPECIAL
María Chiquita es un corregimiento del distrito de Portobelo en la provincia de Colón, República de Panamá. La localidad tiene 2.415 habitantes. ¿De donde proviene el nombre de María Chiquita?: Cuentan que la primera familia que llegó al lugar tenía dos hijas llamadas “María”.
martes, 19 de octubre de 2021
CANTANTE RUBÉN BLADES FELICITA A SAMANTA ALONSO POR SU SEGUNDO LUGAR EN GUATEMALA
Vía RUBEN BLADES Y BUENOS SALSEROS - Nuestras felicitaciones a la campeona surfista panameña Samanta Alonso , quien recientemente obtuvo para nuestro país DOS MEDALLAS DE PLATA en competencias internacionales de Surfing. Conozco a Samanta desde que tenía unos siete años y soy testigo de su afán por superarse y mejorar su vida, a pesar de las dificultades que enfrentó creciendo en San Felipe. Samanta comprueba cómo la fuerza del espíritu y la fe en nuestra capacidad pueden producir resultados positivos, para nosotros y para el país. ¡Felicidades Samanta y gracias, en nombre de Panamá! Rubén Blades
#ULTIMAHORA SOLICITAN AL JUEZ PENAL SANCIONAR A FISCAL INGRID ORTEGA POR CASO #PANAMABODYBOARD
Así fue informado por ABOGADOS de @MILPASONLINE - en la CASUA #PANAMABODYBOARD
La petición fue presentada AYER 18 de Octubre en el SISTEMA INQUISITIVO :
HONORABLE SEÑOR JUEZ SEGUNDO MUNICIPAL DEL RAMO PENAL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL E. S. D.
Presentamos OBJECIÓN / ACLARACIÓN / SOLICITUD DE SANCIÓN ante la CONTESTACIÓN de TRASLADO No 425 en el presente EXPEDIENTE .
La sanción será impuesta, previa comprobación de la falta, en la forma que prescribe este Código o las leyes especiales.
Y es que AHORA que se han presentado PRUEBAS NUEVAS y se ha ADMITIDO QUERELLA y solicitado con fundamento de LEY que se DECLARE CAUSA COMPLEJA tal como lo indica ESPECIFICAMENTE el ARTÍCULO : 502 - CAPÍTULO IV Procedimiento para Asuntos Complejos :
Autorización judicial. Cuando la tramitación sea compleja por causa de la pluralidad de hechos o del elevado número de imputados o de víctimas, o por tratarse de casos de delincuencia organizada, el Juez, a solicitud del Fiscal, podrá autorizar por resolución fundada, la aplicación de las normas especiales previstas en este Capítulo.